Certificado de Registro Ciudadano UE: 4 requisitos para solicitarlo
El certificado de registro ciudadano UE es una obligación que tienen los los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza que vayan a residir en el territorio del Estado Español por un período superior a tres de solicitar su certificado de inscripción en Registro Central de Extranjeros y ello se realiza en la comisaría de policía correspondiente.
¿Qué necesitas para tramitar tu certificado de registro Unión Europea?
Para obtener tu certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, necesitarás tu documento de identidad o pasaporte que demuestre tu nacionalidad en un país de la UE. Además, deberás presentar pruebas de residencia en el país donde estás solicitando el certificado, como contratos de alquiler o facturas de servicios públicos. Es importante verificar los requisitos específicos según el país antes de iniciar el proceso.
Ser ciudadano de la Unión Europea
Ser nacional de algún estado miembro de la Unión Europea
Debes contar con medios económicos
El ciudadano debe contar con ahorros, ser trabajador por cuenta ajena o autónomo
Querer residenciarse en España para trabajar o estudiar
La norma solicita que tu como extranjero ya estés en España junto a tu familiar
Certificado ciudadano UE: 4 requisitos para solicitarlo
Se considera comunitarios aquella persona nacional de los siguientes países:
Alemania
Austria
Bélgica
Bulgaria
Chipre
Croacia
Dinamarca
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Hungría
Irlanda
Islandia*
Italia
Letonia
Liechtenstein*
Lituania
Luxemburgo
Malta
Noruega*
Países Bajos
Polonia
Portugal
Reino Unido
R. Checa
Rumanía
Suecia
Suiza**
* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.
** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.
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Normativa legal sobre el certificado de Registro Ciudadano UE
Este Certificado de Registro de Ciudadano de la UE en España viene regulado en las siguientes Leyes o normas:
- Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
- Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Diferencia entre NIE y certificado de registro ciudadano UE
Muchas personas confunden el NIE con el Certificado de Registro de ciudadano de la UE, así como la hoja blanca y el NIE verde, por ello, vamos a establecer las diferencias.
¿Qué es el NIE?
NIE según sus siglas es el “Número de Identificación de Extranjero”, el mismo sólo es una combinación de letras y números que como extranjero te identifica por ante todas los organismos de la Administración Púbica, Comunidades Autónomas, bancos y demás oficinas privadas.
Este en España acompañará al extranjero hasta que tramite su nacionalidad, si lo llega a hacer, en caso contrario ese número siempre lo identificará.
Un extranjero puede tener NIE (hoja blanca) y no tener residencia legal en España, caso por ejemplo, cuando compra un bien inmueble.
¿Qué es la TIE?
La TIE por sus iniciales significa “Tarjeta de Identidad de Extranjero” y no es más que un documento hecho de plástico que indica los datos de identificación del extranjero, tales como su número de NIE, foto, nombre, apellido, dirección, fecha de nacimiento y el tipo de residencia o estancia legal en España.
Es sólo un medio de prueba que demuestra la condición de residente legal.
¿Qué es el certificado de registro de ciudadano de la unión europea?
Todo ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea y que pretenda residir en el Estado Español por más de tres meses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
En consecuencia, cuando el comunitario realiza dicha inscripción (previo el cumplimiento de requisitos arriba indicados le es entregado su Certificado de Registro (NIE verde).
Es importante destacar varios puntos:
- Una vez hecho el registro el extranjero puede trabajar y residir legalmente en España.
- No hay necesidad de tramitar NIE, porque ya el documento le asigna número de identificación de extranjero.
- El comunitario tampoco tendrá que tramitar TIE.
- El comunitario, siempre deberá tener consigo su certificado de registro de ciudadano de la ue (NIE verde) y su documento de identificación de su país.
Caducidad del certificado de registro ciudadano UE
Este documento no tiene fecha de caducidad, sin embargo, cuando se modifican las condiciones que dieron origen a su emisión, por cuanto su vigencia siempre estará condicionada a que el comunitario continúe encontrándose en alguno de los supuestos que dieron derecho a su obtención. Todo extranjero tiene la obligación de notificar los cambios de circunstancias referidos a su nacionalidad, estado civil o domicilio a la Oficina de Extranjeros de la provincia donde residan o en su defecto a la policía.
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¿Qué es el certificado de registro de ciudadano de la unión europea?
- Solicitar la cita previa de extranjería para presentar la documentación, la misma debe ser presentada en la oficina de extranjería de la Comunidad Autónoma donde piensas vivir.
- Pagar la tasa.
- La administración responderá de forma inmediata una vez cumplidos los requisitos
Documentación para solicitar el certificado de registro de ciudadanía de la unión europea
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión.
- Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Dependiendo del supuesto:
- Si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo, al menos, los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
- Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, o la comunicación de la contratación y sus condiciones a través de la plataforma CONTRAT@.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Si es trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
- Inscripción en el Censo de Actividades Económicas.
- Justificación de su establecimiento mediante la Inscripción en el Registro Mercantil.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
- Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el sistema nacional de salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer de asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
- Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para él y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.
- Si es estudiante se deberá aportar:
- Matrícula del centro de enseñanza público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
- Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde un punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
- Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.
Se considerará suficiente para el cumplimiento de estos requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
- Si es familiar de ciudadano de la Unión se deberá aportar:
- Documentación acreditativa, en su caso, legalizada del vínculo familiar con el ciudadano de la Unión.
- Documentación acreditativa de la dependencia económica.
- Documentación que acredite que el familiar que le da el derecho es o trabajador por cuenta ajena o propia, o que tiene medios de vida suficientes y seguro de enfermedad, o que es estudiante, tiene medios suficientes para sí y para los miembros de su familia y seguro de enfermedad.
- Si es trabajador por cuenta ajena podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Cuando se trate de formularios estándares de la Unión Europea no será necesaria ni su traducción, ni su legalización de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria que los ampara. Por ejemplo: modelos de asistencia sanitaria S1, E109, E 121…
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa correspondiente.
Donde tramitar el Registro de ciudadano UE
Para obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la UE, es necesario dirigirse a la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia o a la Comisaría de Policía correspondiente. La solicitud debe realizarse en persona por parte del interesado.
A diferencia de otros procedimientos en España, el Certificado de Registro se emitirá de forma inmediata al ciudadano de la Unión, conteniendo información como nombre, nacionalidad, domicilio, número de identificación de extranjero y fecha de registro.
En consecuencia, cuando el comunitario realiza dicha inscripción (previo el cumplimiento de requisitos arriba indicados le es entregado su Certificado de Registro (NIE verde).
Es importante destacar varios puntos:
- Una vez hecho el registro el extranjero puede trabajar y residir legalmente en España.
- No hay necesidad de tramitar NIE, porque ya el documento le asigna número de identificación de extranjero.
- El comunitario tampoco tendrá que tramitar TIE.
- El comunitario, siempre deberá tener consigo su certificado de registro de ciudadano de la ue (NIE verde) y su documento de identificación de su país.
Procedimiento para solicitar el certificado registro ciudadano unión europea
El ciudadano de la Unión o de otro Estado parte, personalmente, es el sujeto legitimado para presentar la solicitud. La Oficina de Extranjería de la provincia de residencia o la Comisaría de Policía correspondiente son los lugares de presentación. El plazo de presentación es de tres meses contados desde la fecha de entrada en España. La tasa debe ser abonada antes de la expedición del certificado de registro. Una vez abonada la tasa y verificados los requisitos, se expedirá inmediatamente al ciudadano de la Unión un certificado de registro que incluirá información como nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.
A diferencia de otros procedimientos en España, el Certificado de Registro se emitirá de forma inmediata al ciudadano de la Unión, conteniendo información como nombre, nacionalidad, domicilio, número de identificación de extranjero y fecha de registro.
En consecuencia, cuando el comunitario realiza dicha inscripción (previo el cumplimiento de requisitos arriba indicados le es entregado su Certificado de Registro (NIE verde).
Es importante destacar varios puntos:
- Una vez hecho el registro el extranjero puede trabajar y residir legalmente en España.
- No hay necesidad de tramitar NIE, porque ya el documento le asigna número de identificación de extranjero.
- El comunitario tampoco tendrá que tramitar TIE.
- El comunitario, siempre deberá tener consigo su certificado de registro de ciudadano de la ue (NIE verde) y su documento de identificación de su país.