Arraigo Laboral Extranjería: 5 claves para el éxito

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Arraigo laboral Extranjería: Te presentamos de manera resumida las claves para lograr un Arraigo Laboral exitoso en 2023, considerando las últimas modificaciones al Reglamento de la Ley de Extranjería.

Tabla de contenidos

¿Desde qué situación se puede solicitar el Arraigo Laboral Extranjería en España?

Tener condición IRREGULAR en España

La principal diferencia fundamental y clave para un Arraigo Laboral exitoso en 2023 a diferencia de lo hasta ahora realizado es que el solicitante de esta figura se debe encontrar en situación IRREGULAR a diferencia que el resto de arraigos (Social, familiar y el nuevo Arraigo para la formación) que pueden ser presentados estando en España estando en situación regular o irregular.

¿Es posible reiterar solicitudes de arraigo previamente concedidas?

La respuesta definitiva es que si es posible reiterar el Arraigo Laboral previamente concedido, si por alguna circunstancia no están dadas las condiciones para realizar una modificación, por ejemplo, a cuenta ajena siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos para su concesión y no sea su fuente la relación de trabajo de la primera concesión.

¿Es posible solicitar la prórroga de un Arraigo laboral?

Como novedad del Reglamento da la posibilidad de solicitar ante la Oficina de Extranjería la prórroga de una arraigo Laboral, la Legislación nueva busca que sea más sencillo obtener la residencia y la posibilidad de mantenerla, pero deberá hacerlo de forma anual.

Nuevos criterios del Reglamento para el Arraigo laboral en 2023

Como novedad del Reglamento da la posibilidad de solicitar ante la Oficina de Extranjería la prórroga de una arraigo Laboral, la Legislación nueva busca que sea más sencillo obtener la residencia y la posibilidad de mantenerla, pero deberá hacerlo de forma anual.

Reorganización de lo que se considera Arraigo Laboral

El Arraigo Laboral a conllevado a una reorganización de los anteriores criterios para su concesión, contenidos en el anterior Reglamento, el actual Arraigo laboral, va a contener únicamente supuestos de trabajos REGULARES (cuando se contaba con autorización para trabajar), dejando a un lado el antiguo criterio de solicitud, cuando se ha tenido un trabajo irregular y se ha denunciado tal situación ante las autoridades del trabajo competentes; dejando ese supuesto sólo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento, en lo relativo a la Colaboración con la Inspección del Trabajo, pero no será en este caso un Arraigo Laboral.

Flexibilización de la acreditación de la actividad Laboral

En el vigente reglamento se hace menos rígida la actividad probatoria y se incorporan nuevas vías de acreditación de la actividad laboral.

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Requisitos Básicos y Claves para solicitar un Arraigo laboral exitoso en 2024

Pasaporte en Vigor o Título de Viaje

Es un documento fundamental y debe ser presentado en su totalidad, vale decir, hojas con sellos y sin sellos.

Evitar presentar los siguientes documentos como sustituto del pasaporte

  • Pasaporte Caducado
  • Tarjeta Roja como solicitante de Asilo 
  • Solo hoja de datos del pasaporte.

La omisión de este requisito traerá como consecuencia la inadmisión a trámite, en el peor de los casos y en el mejor un requerimiento, sin perjuicio del poder presentarlo nuevamente cuando se cuente con el pasaporte.

Permanencia continuada en España durante dos años

Consiste en contar con una permanencia continuada en España a los dos (2) años anteriores a la solicitud, la misma se puede acreditar por cualquier medio probatorio válido en derecho, la prueba por excelencia de tal situación el el documento padrón, pero también puede ser demostrado con el pasaporte cuando por alguna razón existen periodos sin padrón.

Toma en cuenta que si optas con el pasaporte como medio de prueba de la permanencia en el mismo no podrás tener ausencias de España por periodos superiores a 90 días dentro de esos 2 años

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Carecer de Antecedentes Penales en España y en el país de origen o en el país o países en que se haya residido durante los últimos cinco años.

Con carácter general la Oficina de Extranjería solicita que los antecedentes penales tengan una vigencia máxima de seis (6) meses a fecha de expedición (salvo que el mismo documento indique algo diferente) y deben estar apostillados, traducidos por intérprete público reconocido por el Ministerio de Asuntos exteriores de España.

NOVEDAD REGLAMENTO EN CUANTO A LA NECESIDAD DE ANTECEDENTES PENALES

  • No será necesario aportar Antecedentes Penales del país de origen si se acredita cinco (5) años continuados de permanencia en España. (no deben existir ausencias mayores a 90 días).
  • Si habiendo presentado una previa solicitud, la misma es denegada y no existe una ausencia continuada fuera de España, serán admitidos los antecedentes penales presentados en la primera presentación, si existiera duda de esa permanencia continuada será solicitados como requerimiento.

Dato en cuanto a la traducción

También es válida la traducción realizada por el Consulado de España del país de origen si lo permite, y debe constar que ha sido traducido por el Consulado, bajo ningún respecto se debe confundir esto con la traducción efectuada por por interprete público del país de origen de los certificados y que tenga el sello del Consulado de España, ello porque dicho sello no prejuzga el contenido del documento y eso es lo que necesita la Oficina de Extranjería.

Hay países que no requieren legalización para España

Acreditar relaciones laborales con duración no inferior a seis meses dentro de los dos años previos de permanencia.

Como novedad de este sistema de residencia con la modificación, se podrá acreditar relación laboral de al menos 6 meses en los siguientes casos:

Cuenta Ajena

  • Jornada mínima de 30 horas semanales en periodos de seis (6) meses o
  • Jornada mínima de 15 horas semanales en periodo de 12 meses

Cuenta Propia (Autónomo)

Estar de alta en la Seguridad social como autónomo al menos 6 meses en los últimos 2 años

En ninguno de los casos la actividad laboral deberá ser continuada, puede ser acumulable en el periodo de dos (2) años.

Encontrarse en situación irregular en España

OBLIGATORIO: La actividad laboral realizada deberá ser en situación legal de estancia o residencia, es decir bajo la cobertura de una autorización de trabajo. Para este tipo de arraigos no valdrá la actividad laboral realizada en situación irregular. Esta situación es un cambio para los solicitantes de protección internacional.

Seguir las claves para un Arraigo Laboral exitoso en 2023 traerá una Resolución Favorable

  • Duración de un (1) año.
  • Podrás contar con la autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia

¿Qué sucede cuando finaliza la vigencia del la autorización concedida por Arraigo Laboral?

Dependiendo de las circunstancias el solicitante podrá:

  • Solicitar una Modificación (Concesión Inicial) por el artículo 202 ROLOex de Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena con validez de 2 años con posterior renovación a 4 años.
  • Posibilidad de prórroga de autorización por un (1) año, siempre que se acredite una relación laboral diferente a la presentada en la primera solicitud. 
  • Presentar una nueva solicitud de arraigo (familiar, social)

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