fbpx
derechos en pareja de hecho en barcelona

Convertirse en pareja estable supone la generación de una serie de derechos y deberes que, en el caso de Cataluña, presentan ciertas particularidades. Los más importantes (y los que más dudas generan) son los siguientes:

En Barcelona, el reconocimiento de los derechos en pareja de hecho registrada ha adquirido una relevancia creciente en el ámbito legal. Estas uniones, aunque no formalizadas mediante matrimonio, otorgan una serie de derechos y deberes que es esencial comprender. Por tanto, es crucial examinar en detalle el marco legal que rige estas relaciones en la ciudad condal, desde los requisitos para su registro hasta las implicaciones legales en situaciones de ruptura.

A continuación, detallaremos minuciosamente los derechos fundamentales que amparan a las parejas de hecho registradas en Barcelona.

Tabla de contenidos

Derechos de Herencia en la Pareja de Hecho Registrada en Barcelona

El Código Civil de Cataluña garantiza derechos sucesorios, ante el fallecimiento de uno de los miembros de una pareja de hecho, el superviviente obtenga idénticos derechos a los de un matrimonio convencional. Sin embargo, para ello es imperativo cumplir con los requisitos para formalizar la unión o aportar evidencia de su existencia.

Procedimientos de Herencia

Herencia sin testamento: En Cataluña, los herederos legales son principalmente los hijos, aunque se reserva un derecho de usufructo para el superviviente de la pareja. En ausencia de descendencia, la pareja se convierte en el heredero legal.

Herencia con testamento: En la mayoría de los casos, el testamento nombra al otro miembro de la pareja como heredero. En caso contrario, el superviviente tiene derecho a al menos una cuarta parte de la herencia, conocida como cuota hereditaria mínima.

Ajuar y Convivencia

El conviviente sobreviviente tiene derecho al ajuar de la vivienda, que incluye mobiliario, efectos personales y enseres, pero no alhajas u objetos de valor extraordinario.

Consideraciones Adicionales

Es importante tener en cuenta que el conviviente no tendrá derecho a heredar si estaba separado de hecho al momento del fallecimiento.

El Código Civil de Cataluña también permite a los convivientes en pareja estable adquirir bienes conjuntamente con un pacto de supervivencia, donde el superviviente adquiere pleno dominio del bien en caso de fallecimiento del otro.

Además, se destaca el año de viudedad, que permite al superviviente mantenerse en la vivienda común durante un año después del fallecimiento y recibir alimentos con cargo a la herencia, siempre que no sea usufructuario universal del patrimonio del fallecido.

Derecho a pensión de Viudedad para Parejas de Hecho o Estables en Barcelona

En Cataluña, el derecho a la pensión de viudedad para parejas de hecho está sujeto a ciertas condiciones establecidas por la normativa de la Seguridad Social a nivel nacional. Estas condiciones son las siguientes:

  • La pareja debe estar inscrita en el Registro de Parejas Estables de Cataluña o haber formalizado su unión mediante escritura notarial, con al menos dos años de convivencia antes del fallecimiento.

  • En ausencia de inscripción formal, se requiere demostrar una convivencia estable y notoria durante los cinco años previos al fallecimiento.

Asesoría en línea personalizada

Libertad de Elección del Régimen Económico en Parejas de Hecho en Barcelona

En Barcelona, las parejas de hecho disfrutan de una libertad similar a la de los matrimonios para establecer el régimen económico que consideren más adecuado para su situación. Tienen la opción de optar por el régimen de gananciales o por la separación de bienes, dependiendo de sus preferencias y necesidades financieras. En principio, si no se especifica lo contrario, se presume que las economías de ambos permanecerán independientes.

Declaración Conjunta del IRPF en la Pareja Estable o de Hecho en Barcelona

La Agencia Tributaria, siguiendo la normativa nacional, ofrece la opción de declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para matrimonios, ya sea con o sin hijos. Aunque la regla principal es presentar la declaración de manera individual, todos los miembros de una misma unidad familiar pueden optar por la tributación conjunta.

En contraste, en el caso de parejas de hecho y su declaración de IRPF, así como en situaciones similares de parejas no casadas, solo uno de los miembros puede optar por la tributación formando una unidad familiar con sus hijos. El otro miembro de la pareja deberá presentar su declaración de manera individual.

Custodia de Hijos en Parejas de Hecho: Protección del Interés Superior del Menor

Las responsabilidades parentales en parejas de hecho, al igual que en los matrimonios, se rigen por las mismas normativas en cuanto a la guarda y custodia de los hijos. La custodia compartida es la norma general, a menos que el interés superior del menor requiera una fórmula diferente.

Es importante destacar que la nulidad del matrimonio, el divorcio o la separación, así como la disolución de la pareja de hecho, no afectan las responsabilidades parentales hacia los hijos. Estas responsabilidades siguen siendo compartidas y deben ejercerse conjuntamente en la medida de lo posible.

Además, se debe elaborar un plan de parentalidad en estos casos, definiendo el ejercicio de la guarda y custodia. Los mismos criterios utilizados para las parejas casadas se aplican para determinar este régimen.

Derechos en pareja de hecho en Barcelona

Atribución de Uso de Vivienda en Parejas Estables: Consideraciones Legales

La autoridad judicial puede intervenir en la atribución del uso de la vivienda familiar en parejas estables en caso de desacuerdo o falta de aprobación de un acuerdo previo. Esta atribución se realiza considerando las siguientes reglas:

  1. Preferentemente, se asigna el uso de la vivienda al miembro de la pareja que tenga la guarda de los hijos mientras esta situación perdure.

  2. En casos de guarda compartida o distribuida entre ambos miembros, se otorga el uso de la vivienda al conviviente con mayor necesidad.

Los convivientes pueden acordar la asignación de la vivienda para satisfacer los alimentos de los hijos comunes que convivan con el beneficiario del uso o en caso de prestación alimentaria. Es importante destacar que la atribución o distribución del uso de la vivienda debe tenerse en cuenta al fijar los alimentos y la eventual prestación alimentaria del otro miembro de la pareja, si este es el propietario total o parcial de la vivienda.

Derecho a la Pensión Alimentaria en Parejas de Hecho

En el caso de la pensión de alimentos en parejas de hecho, se establecen condiciones específicas en caso de extinción de la convivencia durante la vida de los convivientes. En primer lugar, cualquiera de los convivientes puede reclamar una prestación alimentaria al otro si la necesita para su sustento, en situaciones como la reducción de la capacidad de obtener ingresos debido a la convivencia o si tienen la guarda de hijos comunes y esta situación afecta su capacidad económica.

Es importante destacar que los pactos de renuncia a la prestación alimentaria no son efectivos si comprometen la capacidad del conviviente para satisfacer sus necesidades básicas, a menos que estén incluidos en un acuerdo de convenio.

Por otro lado, si uno de los convivientes fallece dentro de un año desde la extinción de la pareja estable, el otro tiene derecho a reclamar la prestación alimentaria a los herederos dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento. Esta misma regla se aplica si el procedimiento para reclamar la prestación se extingue debido al fallecimiento del conviviente responsable de pagarla.

Residencia legal en España es uno de los derechos en pareja de hecho en Barcelona

La inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Cataluña, no solo brinda reconocimiento legal y estabilidad a la relación, sino que también cumple con uno de los requisitos esenciales para solicitar residencia como familiar de comunitario en el caso de personas comunitarias, así como para el arraigo familiar en parejas donde uno de los miembros sea español.

Convenios Colectivos y Contratos de Trabajo: Posibilidad de Permiso por Matrimonio en Parejas de Hecho

Aunque el permiso laboral de 15 días por matrimonio no está oficialmente reconocido para las parejas de hecho en Cataluña, algunas disposiciones pueden permitirlo según lo estipulado en el convenio colectivo aplicable o en el contrato de trabajo correspondiente.

Es importante destacar que, en ningún caso, se puede disfrutar de este permiso por ambos conceptos simultáneamente. Por ejemplo, si una persona primero formaliza una unión de hecho y posteriormente celebra matrimonio, no podrá reclamar el permiso por matrimonio en ambos casos.

Compensación Económica en Parejas de Hecho según el Código Civil de Cataluña

El Código Civil de Cataluña equipara la situación de la pareja a la del matrimonio en cuanto a la compensación económica. Esto significa que si un conviviente ha trabajado significativamente más para el hogar o para el otro sin recibir una compensación adecuada, tendrá derecho a una compensación económica en el momento del cese de la convivencia. Sin embargo, este derecho solo se otorga si el otro conviviente ha obtenido un incremento patrimonial superior, de acuerdo con las reglas aplicables al matrimonio.

Derechos en una pareja de hecho a la Asistencia Sanitaria

La asistencia sanitaria para parejas de hecho en España está regida por el Sistema Nacional de Salud (SNS) y se garantiza a aquellos que ostenten la condición de asegurado. En este sentido, se equipara la situación de la pareja de hecho a la del matrimonio, asegurando que ambas formas de convivencia tengan acceso a la atención médica necesaria para promover, proteger y restaurar la salud de los individuos.

Para tener derecho a la asistencia sanitaria a través del SNS, se establecen varios supuestos. Entre ellos se incluyen aquellos en los que uno de los miembros de la pareja sea trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, esté en situación de alta en la Seguridad Social, sea pensionista del sistema de la Seguridad Social o perceptor de otras prestaciones periódicas. Además, se garantiza la asistencia sanitaria a quienes hayan agotado la prestación por desempleo, se encuentren en situación de desempleo y no acrediten otra cobertura sanitaria obligatoria.

En cuanto a la condición de beneficiario de la asistencia sanitaria, se reconoce a la pareja de hecho y a sus descendientes menores de 26 años o con discapacidad reconocida. Se considera beneficiario también al ex cónyuge o a aquellos que estén separados judicialmente y reciban una pensión compensatoria. Además, se otorga este derecho a los descendientes y personas asimiladas, como hermanos o menores bajo tutela, que vivan a cargo del asegurado.

Es importante tener en cuenta que las personas que ostentan la condición de beneficiarias deben cumplir ciertos requisitos, como no ser personas aseguradas por otros motivos y tener residencia autorizada y efectiva en España. Este derecho se conserva hasta que el beneficiario reúna los requisitos para obtenerlo de acuerdo con la normativa vigente.

En resumen, la asistencia sanitaria para parejas de hecho en España se rige por el mismo marco legal que la del matrimonio, garantizando el acceso a la atención médica necesaria para promover y proteger la salud de ambos miembros de la pareja y de sus descendientes.

Puede solicitar este trámite a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social 

 

Mas sobre parejas de hecho en Barcelona

Pareja de hecho Madrid

Pareja de Hecho en Madrid

Como hemos mencionado, en nuestro artículo sobre parejas de hecho en Barcelona cada Comunidad Autónoma tiene sus normas relacionadas con la el registro de Parejas de Hecho,

Leer más »
Compartir publicación
¿Hablamos?
1
Hola, ¡Obtén asesoramiento migratorio hacia España y el proceso de obtención de la nacionalidad española ahora! ¡Háblanos por WhatsApp para comenzar tu viaje hoy mismo!