Solicitar tarjeta comunitaria por pareja de hecho

TARJETA COMUNITARIA POR PAREJA DE HECHO

Tarjeta Comunitaria por Pareja de Hecho en España

Es importante destacar que la legislación española permite la obtención de un permiso de residencia para aquellos que mantengan un vínculo familiar específico y verificable con un ciudadano de la Unión Europea, a través de la Tarjeta de Familiar de Comunitario.

¿Qué implica la Tarjeta de Familiar Comunitario? Este documento de identidad se concede en España a los familiares de ciudadanos españoles o de otros países de la Unión Europea que planean residir con ellos temporalmente. Para que este lazo familiar sea válido para la obtención del permiso, es fundamental que esté respaldado por fundamentos legales.

¿Es posible que las parejas de hecho puedan solicitar la Tarjeta comunitaria en España?

Definitivamente si es posible formalizar ante la Oficina de Extranjería en España la solicitud de tarjeta comunitaria por pareja de hecho ya que el ordenamiento jurídico permite hacer la solicitud para la “pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.”

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¿Requisitos Para la tarjeta comunitaria por pareja de hecho?

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la tarjeta comunitaria por pareja de hecho de un ciudadano europeo en España? La legislación española presenta una particularidad, ya que no hay una normativa uniforme sobre las parejas de hecho. Cada Comunidad Autónoma (España divide su territorio en 17 Comunidades Autónomas) tiene sus propios criterios sobre cómo constituir una pareja de hecho y los requisitos que deben cumplir para registrarse como tal. La diferencia más significativa se encuentra en el requisito de convivencia. A continuación, exploramos este requisito en algunas de las Comunidades Autónomas más seleccionadas por las parejas.

En la Comunidad de Madrid y Asturias, se requiere que la pareja haya compartido una convivencia estable e ininterrumpida durante al menos 1 año.

En Andalucía y Cataluña, la exigencia es una convivencia estable e ininterrumpida de 2 años, o la formalización de la relación en escritura pública. En este último caso, no es necesario tener una convivencia previa para registrarse como pareja de hecho. En Galicia y Valencia, no se demanda que la pareja haya convivido antes de su registro.

¿Cuánto tarda solicitar la tarjeta comunitaria por pareja de hecho?

Lo primero que debes tener en cuenta es que, por el hecho de hacer una solicitud de pareja de hecho tarjeta comunitaria, ni se acelera ni se retrasa el trámite de extranjería.

Para un trámite de extranjería, la Ley establece que la respuesta debe producirse dentro de los 90 días siguientes a la solicitud. Este tiempo se cumple en aquellas Comunidades Autónomas que no tienen tanta demanda de solicitudes. Sin embargo, en ciudades como Madrid o Barcelona, el tiempo de respuesta es de aproximadamente entre 120 y 150 días.

¿Es posible tener la tarjeta familiar comunitario por pareja de hecho no registrada?

Una unión de hecho no registrada con la que mantenga una relación estable, respaldada por pruebas que demuestren la existencia de un vínculo duradero. En cualquier circunstancia, se entenderá la existencia de dicho vínculo si se verifica un periodo de convivencia marital de al menos un año consecutivo, a menos que haya descendencia en común, en cuyo caso bastará con demostrar una convivencia estable. Se considerará que las situaciones de matrimonio y pareja de hecho son incompatibles entre sí.

En conclusión siempre que se pueda demostrar la existencia de un vinculo, por ejemplo hijos en común, contratos de arrendamiento, servicios, etc; se puede considerar una pareja de hecho no registrada.

Todo lo relacionado con las solicitudes de residencia como familiar de comunitario se encuentra legislado en RD 240/2007, de 16 de febrero

TARJETA COMUNITARIA POR PAREJA DE HECHO

Tarjeta Comunitaria por Pareja de Hecho

preguntas y dudas
sobre solicitar la tarjeta pareja de hecho

Sí, efectivamente. Tras completar el registro de la pareja de hecho, el individuo extranjero tiene la opción de solicitar la Tarjeta de Familiar de Comunitario, lo que le permite residir legalmente en España por un periodo superior a 3 meses.

La Tarjeta de Familiar de Comunitario ofrece diversas ventajas, entre las que se incluyen:

  1. Derecho a residir y trabajar en España.
  2. Acceso a la seguridad social, que abarca la asistencia sanitaria.
  3. Derecho a estudiar en condiciones equiparables a las de los ciudadanos españoles.
  4. Facultad para llevar a cabo la reagrupación familiar.
  5. Libertad de circulación por el Espacio Schengen.

Para responder las dudas comunes de ¿Qué se necesita para tener la tarjeta comunitaria? o ¿Qué documentos tengo que tener para obtener la tarjeta de residencia de familiar de la UE?.

Para iniciar el proceso de solicitud de la Tarjeta de Familiar de Comunitario en España, es esencial seguir estos pasos:

  1. Recolectar la documentación necesaria, que incluye el documento de identidad del ciudadano de la Unión Europea y del solicitante del permiso, certificado de pareja de hecho registrada, certificado de nacimiento de los hijos en común (si los hay), y, dependiendo de la actividad laboral en España, contrato de trabajo o certificado de autónomo. En caso de carecer de actividad laboral, se deben presentar documentos que evidencien la posesión de seguro de enfermedad y recursos económicos suficientes para la vida en España. Además, se requiere el certificado de empadronamiento conjunto.

  2. Presentar la solicitud de manera presencial en la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia o de forma electrónica.

  3. Una vez aprobada la Tarjeta de Familiar de Comunitario, el solicitante deberá acudir a una cita para la toma de huellas y, posteriormente, 40 días después, podrá retirar su permiso de residencia como familiar de un ciudadano de la Unión Europea.

Requisitos para la tarjeta comunitaria

Para obtener la tarjeta comunitaria por pareja de hecho, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  1. Estar casado, ser pareja de hecho o vivir con un ciudadano comunitario.
  2. Tener un seguro médico.

Además de los requisitos anteriores, se exige un requisito económico, que consiste en que el ciudadano comunitario debe estar trabajando:

– Por cuenta ajena o por cuenta propia.

– O ser estudiante que pueda probar que tiene suficientes medios para mantenerse en España.

– O poder acreditar sus medios de vida a través de cualquier prueba que justifique dicha condición.

Medios económicos para la tarjeta comunitaria

Uno de los requisitos que se deben cumplir para la concesión de la Tarjeta de Familiar Comunitario por pareja de hecho es contar con medios económicos. Estos medios pueden provenir de un contrato de trabajo, de recursos obtenidos a través de tu propia empresa, o de ahorros.

Entonces, ¿si el ciudadano comunitario tiene una cuenta corriente con dinero, se puede acreditar el requisito de los medios económicos para obtener una tarjeta comunitaria?

La respuesta es sí. Sin embargo, es necesario disponer de unas cantidades mínimas de dinero para cumplir con este requisito económico.

Ahorros, recursos propios y la tarjeta comunitaria

Para que un ciudadano comunitario pueda reagrupar a su cónyuge, es necesario tener un saldo en la cuenta corriente que supere los 9.500 euros.

Además, si se incluyen otros miembros en la unidad familiar, como hijos o padres, es necesario añadir aproximadamente 3.000 euros por cada persona adicional. Por ejemplo, si se desea obtener la residencia comunitaria por pareja de hecho y se incluye también a un hijo, el saldo requerido en la cuenta debería ser alrededor de 13.000 euros.

De esta manera, se suman los 9.500 euros iniciales más 3.000 euros por cada miembro adicional de la familia.

¿Se puede solicitar residencia para el hijo de la pareja de hecho en España?

Sí, se puede solicitar la tarjeta comunitaria por pareja de hecho para el hijo de tu pareja en España, incluso si el niño no es hijo del ciudadano comunitario. Es posible obtener la residencia si el hijo es menor de veintiún años, o mayor de esa edad pero dependiente económicamente o incapacitado.

Es importante que el vínculo matrimonial o la inscripción registral de la pareja registrada no se haya anulado o cancelado. Esto asegura que el niño, sea menor o mayor de veintiún años y dependiente, pueda ser considerado para la residencia en España bajo estas circunstancias.

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Temas importantes sobre familiar comunitario y parejas de hecho.

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